
El Servicio de Rentas Internas (SRI) de Ecuador ha implementado un incremento en las retenciones sobre rendimientos financieros, estableciendo que desde el 1 de marzo de 2026, se aplicará una retención del 3% en vez del 2% anterior. Esta medida afecta intereses generados por productos financieros como cuentas de ahorro y depósitos a plazo, buscando mejorar la recaudación tributaria en el país.
La nueva normativa también incluye disposiciones excepcionales, permitiendo que las entidades financieras ajusten sus sistemas informáticos antes de aplicar los nuevos porcentajes. Los comprobantes de retención correspondientes a la primera quincena de marzo de 2026 podrán ser emitidos hasta el 31 de marzo, evitando así sanciones por incumplimiento durante este periodo de transición.