
La Corte Constitucional de Ecuador dictó un fallo el 5 de febrero de 2025, que permite a los adolescentes rectificar su género en la cédula de identidad en ciertos casos. Esta decisión surge de una acción de protección presentada por la familia de un adolescente que pidió este cambio, el cual había sido negado por el Registro Civil bajo la exigencia de mayoría de edad.
El tribunal determinó que la exigencia de mayoría de edad puede ser inconstitucional cuando se cumplen ciertas condiciones, como la madurez del adolescente y la presencia de representantes legales. Este fallo abre la puerta a que los adolescentes puedan ejercer sus derechos de identidad de manera más flexible, destacando la importancia de evaluar cada caso de manera individual y considerando el desarrollo personal de cada joven.